Condiciones Generales de Contratación

1.0 Generalidades

1.1 Todas nuestras entregas y servicios se rigen exclusivamente por las siguientes condiciones de venta y entrega (CGC). Estas se aplican exclusivamente a empresas, personas jurídicas de derecho público y fondos especiales de derecho público. Las condiciones generales de contratación del cliente que difieran, se opongan o complementen las presentes no formarán parte del contrato, a menos que su validez se reconozca expresamente por escrito.

13.1 El cumplimiento del contrato está sujeto a la condición de que no existan obstáculos debidos a disposiciones alemanas, estadounidenses u otras disposiciones nacionales, de la UE o internacionales aplicables en materia de legislación de comercio exterior, así como a embargos u otras sanciones.13.2 El cliente está obligado a proporcionar toda la información y documentación necesaria para la exportación, el traslado o la importación.

1.3 El término «derechos de indemnización por daños y perjuicios» en estas CGC también incluye las reclamaciones de reembolso de gastos inútiles.

2.0 Oferta

2.1 Nuestras ofertas son sin compromiso y deben entenderse únicamente como una invitación a realizar un pedido.

2.2 Los datos sobre dimensiones, pesos, prestaciones y similares que figuran en catálogos, folletos, circulares, anuncios, ilustraciones y listas de precios son solo orientativos, a menos que hayan sido confirmados expresamente por escrito por nuestra parte como vinculantes e integrantes de nuestra oferta.

2.3 Nos reservamos el derecho a realizar modificaciones técnicas y constructivas habituales en el comercio en los objetos de entrega que difieran de las ofertas y folletos, siempre que no afecten de forma irrazonable al cliente y no influyan en la utilidad de los objetos de entrega.

2.4 Los modelos, muestras, dibujos, planos, descripciones, ofertas y demás documentación siguen siendo de nuestra propiedad y están sujetos a nuestros derechos de autor; no podrán ponerse a disposición de terceros.

3.0 Perfeccionamiento del contrato

3.1 El cliente queda vinculado a su pedido durante cuatro semanas a contar desde el día del envío del mismo.

3.2 El contrato solo se perfeccionará mediante nuestra confirmación de pedido por escrito o mediante la ejecución del mismo, lo que ocurra primero.

3.3 Los acuerdos accesorios, así como las modificaciones y adiciones telefónicas o verbales relativas a pedidos ya confirmados, requerirán nuestra confirmación por escrito para ser efectivos. A menos que se acuerde lo contrario, los productos suministrados están destinados únicamente a su uso en el mercado nacional.

4.0 Precios

4.1 Los pedidos para los que no se hayan acordado precios se facturarán según los precios de lista vigentes el día de la entrega.

4.2 Nuestros precios para las entregas se entienden franco fábrica/almacén. El embalaje, los gastos de transporte y los costes de un seguro de transporte solicitado por el cliente, así como el montaje y los materiales de explotación, se facturarán por separado.

4.3 El IVA vigente el día del vencimiento se facturará por separado.

5.0 Pago, demora en el pago, prohibición de compensación

5.1 No se aceptarán medios de pago distintos al efectivo o transferencias bancarias, salvo acuerdo previo y, en tal caso, únicamente a efectos de cumplimiento.

5.2 Solo se podrán aplicar descuentos o bonificaciones si se ha acordado por escrito. La deducción de un descuento por pronto pago presupone que todos los pagos del pedido se reciban en nuestras cuentas dentro del plazo estipulado. A falta de un acuerdo especial, el pago deberá realizarse en un plazo de 10 días tras la fecha de factura con un 2 % de descuento por pronto pago, o en un plazo de 30 días neto. Las reparaciones deberán abonarse en un plazo de 14 días tras la fecha de factura en importe neto.

5.3 En caso de demora en el pago por parte del cliente, tendremos derecho a reclamar intereses de demora por un importe de 9 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico según el artículo 247 del BGB (Código Civil alemán), así como la indemnización a tanto alzado según el
artículo 288 del BGB. Nuestros derechos a reclamar una indemnización por daños y perjuicios efectivamente superiores no se verán afectados.

5.4 Solo será posible realizar una compensación con contrarreclamaciones que hayan sido determinadas mediante sentencia firme, que no sean objeto de controversia o que hayan sido reconocidas por nosotros.

5.5 En caso de demora en el pago por parte del cliente durante más de un mes, así como en caso de medidas de ejecución forzosa contra el cliente, tendremos derecho a realizar las entregas pendientes al cliente de otros pedidos o de pedidos abiertos únicamente mediante pago anticipado.

5.6 El cliente solo estará facultado para ejercer un derecho de retención si su contrarreclamación se basa en la misma relación contractual.

6.0 Plazos de entrega, periodos de entrega, demora en la entrega

6.1 Los plazos de entrega comenzarán con el envío de la confirmación del pedido, pero no antes de que el cliente haya aportado los documentos, autorizaciones o aprobaciones que deba obtener, ni antes de que se haya efectuado un pago anticipado acordado.

6.2 Los plazos de entrega acordados se prorrogarán razonablemente en caso de medidas de conflicto laboral, especialmente huelgas y cierres patronales, así como en caso de fuerza mayor u obstáculos imprevistos ajenos a nuestra voluntad, siempre que se demuestre que tales obstáculos influyen en la finalización o entrega del objeto de suministro. Esto también se aplicará si tales circunstancias afectan a subcontratistas. Si debido a las circunstancias mencionadas nuestra actividad se viera afectada de tal modo que ya no fuera exigible la ejecución del pedido, tendremos derecho a rescindir el contrato.

6.3 Si incurrimos en demora, el cliente podrá exigir —siempre que acredite de forma fehaciente que ha sufrido un daño por ello— una indemnización del 0,5 % por cada semana completa de demora, hasta un máximo total del 5 % del precio de compra neto de la parte de la entrega que no haya podido utilizarse de forma adecuada debido a la demora.

6.4 Quedan excluidas en todos los casos de demora en la entrega, incluso tras el transcurso de un plazo de entrega que se nos hubiera concedido, tanto las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios del cliente por retraso en la entrega como las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios en lugar de la prestación que superen los límites mencionados en el apartado 6.3. Esto no se aplicará en los casos en que exista responsabilidad por dolo, negligencia grave o por daños a la vida, la integridad física o la salud. El cliente solo podrá rescindir el contrato en el marco de las disposiciones legales en la medida en que seamos responsables del retraso en la entrega. Las disposiciones anteriores no implican una modificación de la carga de la prueba en perjuicio del cliente.

6.5 El cliente está obligado a declarar, a petición nuestra y en un plazo razonable, si rescinde el contrato debido al retraso en la entrega o si insiste en la misma.

7.0 Envío, transmisión del riesgo y demora en la aceptación

7.1 La elección de la ruta de envío, el tipo de envío y el transportista queda a nuestra discreción, a menos que se hayan alcanzado acuerdos expresos al respecto. No asumimos ninguna garantía por el flete más económico.

7.2 El riesgo se transmite al cliente con la entrega de los objetos de suministro al transportista o a la persona designada para realizar el envío, incluso si hemos asumido el montaje posterior en las instalaciones del cliente. Si el envío se retrasa debido a circunstancias de las que el cliente sea responsable, el riesgo se transmitirá al cliente a partir del día de la notificación de la disponibilidad para el envío.

7.3 El cliente deberá reembolsar todos los costes y daños derivados de una demora en la aceptación. Sin perjuicio de un daño mayor, tendremos derecho a cobrar, como mínimo, por cada mes iniciado, una compensación del 0,5 %, hasta un máximo total del 5 % del valor neto de la mercancía almacenada. El cliente se reserva el derecho de demostrar un daño menor.
En caso de demora en la aceptación, así como en otros casos en los que nos veamos obligados a almacenar la entrega debido a un comportamiento del cliente, nuestra reclamación correspondiente vencerá en un plazo de 14 días tras el inicio de la demora.

8.0 Garantía y plazo de prescripción

8.1 Garantizamos la ausencia de defectos de diseño y material conforme al estado actual de la técnica, así como una fabricación de acuerdo con las normas técnicas armonizadas vigentes en la República Federal de Alemania (DIN EN ISO 12100:2011-03, EN 1012-1:2011, EN 60204-1:2006, DIN EN 61000-6-3:2011-09, DIN EN 61000-6-1:2007, IEC 60034-30) y conforme a las normas establecidas por la Comunidad Europea (CE) (Directiva de Máquinas 2006/42/CE, Directiva de Baja Tensión 2014/35/UE, Directiva CEM 2014/30/UE, Directiva de Ecodiseño de la UE para compresores 2009/125/CE, Directiva de Equipos a Presión de la CE 2014/68/UE Categoría II Módulo A1).
No asumimos ninguna garantía por el cumplimiento de normas extranjeras específicas de cada país (incluidas las de otros estados de la UE), a menos que se haya acordado expresamente por escrito en casos individuales.

8.2 Los derechos de subsanación posterior prescriben a los 12 meses del inicio legal de la prescripción; lo mismo se aplica a la reducción del precio y a la rescisión. Este plazo no se aplicará en la medida en que la ley prescriba plazos más largos de acuerdo con los artículos 438 apdo. 1 n.º 1 letra a (derechos reales), n.º 2 del BGB (edificaciones y objetos para edificaciones), 479 apdo. 1 (derecho de repetición) y 634a apdo. 1 n.º 2 (defectos de construcción) del BGB, en caso de dolo, negligencia grave, ocultación dolosa del defecto o incumplimiento de una garantía de calidad. Las disposiciones legales sobre la suspensión de la caducidad, la suspensión y el reinicio de los plazos no se verán afectadas.

9.0 Notificación de defectos

9.1 El cliente deberá inspeccionar la mercancía entregada por nosotros inmediatamente después de su recepción y notificarnos cualquier defecto evidente en un plazo de 10 días. Los defectos no evidentes deberán reclamarse inmediatamente después de su descubrimiento. Si se omite la notificación de defectos por escrito a tiempo, la mercancía se considerará aceptada. El cliente asume la carga de la prueba de todos los requisitos de la reclamación, especialmente del defecto en sí, del momento de la detección del defecto y de la puntualidad de la notificación del mismo.

10.0 Derechos de garantía

10.1 El cliente no podrá rechazar la recepción de las entregas debido a defectos insignificantes.

10.2 En caso de aparición de defectos, tendremos el derecho y la obligación, a nuestra elección, de subsanar el defecto o de entregar un objeto libre de defectos en un plazo razonable (subsanación posterior). Podremos rechazar la subsanación posterior mientras el cliente no cumpla con sus obligaciones de pago frente a nosotros en una medida que se corresponda con la parte libre de defectos de la prestación.

10.3 Si una reparación es imposible, si los intentos de reparación han fallado por segunda vez o si la reparación o la entrega de sustitución no se lleva a cabo o se realiza con un retraso culpable, el cliente podrá, a su elección, exigir una reducción del precio o rescindir el contrato. En caso de defectos insignificantes, queda excluida la rescisión del contrato.

10.4 Los derechos de repetición del cliente contra nosotros según el artículo 478 del BGB solo existirán en la medida en que el cliente no haya alcanzado con su comprador acuerdos que vayan más allá de los derechos legales por defectos.

10.5 Si prestamos servicios en la búsqueda o subsanación de defectos sin estar obligados a ello, podremos exigir una remuneración de acuerdo con la lista de precios vigente en cada momento. Esto se aplicará especialmente si un defecto notificado no es demostrable o no se nos puede atribuir, a menos que el cliente demuestre que no reconoció la inexistencia de un defecto y que no hubo culpa por su parte.

10.6 Quedan excluidas las reclamaciones del cliente por los gastos necesarios para la subsanación posterior, especialmente los costes de transporte, desplazamiento, mano de obra y materiales, en la medida en que los gastos aumenten debido a que el objeto de la entrega se haya trasladado posteriormente a un lugar distinto del establecimiento del cliente, a menos que el traslado corresponda a su uso previsto.

11.0 Responsabilidad

11.1 A menos que se regule lo contrario en estas CGC, quedan excluidas las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios del cliente, independientemente del fundamento jurídico, especialmente por incumplimiento de obligaciones derivadas de la relación obligatoria y por actos ilícitos.

11.2 Las exclusiones y limitaciones de responsabilidad no se aplicarán
a) en caso de dolo y negligencia grave;
b) si y en la medida en que hayamos asumido una garantía;
c) en caso de incumplimiento de una obligación esencial, sin la cual peligraría la consecución del fin del contrato y en cuyo cumplimiento el cliente puede confiar regularmente (denominada obligación cardinal); en este sentido, solo seremos responsables de la indemnización de los daños típicos y previsibles.

11.3 La responsabilidad por daños derivados de lesiones a la vida, la integridad física o la salud, así como según la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos y por el derecho de repetición del fabricante (artículo 478 del BGB), no se verá afectada por las disposiciones anteriores.

11.4 No asumimos ninguna obligación de indemnización por daños debidos a las siguientes razones: uso inadecuado o incorrecto, montaje defectuoso por parte del cliente o de terceros, desgaste natural, tratamiento defectuoso o negligente, materiales de explotación inadecuados, trabajos de construcción deficientes, influencias químicas, electroquímicas o eléctricas, modificaciones o trabajos de reparación inadecuados realizados por el cliente o terceros sin nuestra autorización previa.

11.5 En la medida en que nuestra responsabilidad esté excluida o limitada, esto también se aplicará a la responsabilidad personal de nuestros empleados, representantes y auxiliares ejecutivos.

12.0 Reserva de propiedad

12.1 La mercancía entregada seguirá siendo de nuestra propiedad hasta el pago completo de todas las deudas derivadas de la relación comercial entre nosotros y el cliente. La inclusión de deudas individuales en una cuenta corriente, así como el establecimiento del saldo y su reconocimiento, no afectarán a la reserva de propiedad.

12.2 El cliente está facultado para revender la mercancía sujeta a reserva de propiedad en el curso ordinario de sus negocios; no obstante, no se le permite la pignoración ni la transmisión de la propiedad en garantía. En caso de pignoración o transmisión en garantía del derecho de expectativa, el cliente deberá informar al acreedor pignoraticio sobre nuestra propiedad y notificarnos de inmediato la pignoración o transmisión en garantía. El cliente está obligado a asegurar nuestros derechos en la reventa a crédito de la mercancía sujeta a reserva de propiedad, especialmente a transmitir la reserva de propiedad.

12.3 El cliente nos cede ya en este momento los créditos derivados de la reventa de la mercancía sujeta a reserva de propiedad por el importe del precio de compra acordado con nosotros; aceptamos dicha cesión. Si no fuera posible una transmisión de créditos según los acuerdos alcanzados en la reventa, el cliente solo estará facultado para revender la mercancía sujeta a reserva de propiedad con nuestro consentimiento expreso y por escrito. Esto también se aplicará si el crédito derivado de la reventa debe incluirse en una cuenta corriente. Independientemente de si la reventa en este caso se realiza de forma ilícita o con nuestro consentimiento, el cliente nos cede ya en este momento su derecho a un saldo acreedor por el importe del valor de la factura.

12.4 A pesar de la cesión y de nuestro derecho de cobro, el cliente estará facultado para el cobro mientras cumpla sus obligaciones frente a nosotros y no incurra en insolvencia. En caso de un deterioro sustancial de la situación financiera del cliente —especialmente con una solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia—, el derecho de cobro se extinguirá. A petición nuestra, el cliente deberá proporcionarnos los datos necesarios para el cobro y comunicar la cesión al deudor. A petición nuestra, el cliente deberá entregarnos en cualquier momento, es decir, incluso si él mismo está facultado para el cobro, una notificación de cesión firmada por él.

12.5 El cliente realizará cualquier transformación y procesamiento de la mercancía sujeta a reserva de propiedad por nuestra cuenta, sin que de ello se deriven obligaciones para nosotros. En caso de procesamiento, unión, mezcla o combinación de la mercancía sujeta a reserva de propiedad con otras mercancías que no nos pertenezcan, nos corresponderá la copropiedad de la nueva cosa en la proporción del valor de factura de la mercancía sujeta a reserva de propiedad respecto a las demás mercancías procesadas en el momento del procesamiento, unión, mezcla o combinación.
Si el cliente adquiere la propiedad exclusiva de la nueva cosa, las partes contratantes acuerdan ya en este momento que el cliente nos concederá la copropiedad de la misma en la proporción del valor de factura de la mercancía sujeta a reserva de propiedad procesada, unida, mezclada o combinada respecto al valor de la nueva cosa; se acuerda ya en este momento la custodia gratuita de esta nueva cosa para nosotros por parte del cliente.
Si la mercancía sujeta a reserva de propiedad se revende junto con otras mercancías, ya sea sin o después de su procesamiento, unión, mezcla o combinación, la cesión anticipada acordada anteriormente solo se aplicará por el importe del valor de factura de la mercancía sujeta a reserva de propiedad que se revenda junto con las otras mercancías.
12.6 El cliente está obligado a asegurar la mercancía entregada bajo reserva de propiedad contra daños por fuego y agua hasta la adquisición de la propiedad plena, así como a demostrar, a petición nuestra, que así se ha hecho.

12.7 Estamos obligados a liberar garantías si y en la medida en que la suma de las garantías otorgadas por el cliente supere en un 10 % la deuda total de la relación comercial y el cliente así lo solicite.

13.0 Reserva de cumplimiento

13.1 El cumplimiento del contrato está sujeto a la condición de que no existan obstáculos derivados de normativas alemanas, estadounidenses o de cualquier otra normativa nacional, de la UE o internacional aplicable en materia de legislación de comercio exterior, así como a la inexistencia de embargos u otras sanciones.
13.2 El comprador está obligado a facilitar toda la información y documentación necesarias para la exportación, el traslado o la importación.

14.0 Imposibilidad, adaptación del contrato

14.1 En la medida en que la entrega sea imposible, el cliente tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios, a menos que no seamos responsables de dicha imposibilidad. No obstante, el derecho de indemnización por daños y perjuicios del cliente se limitará al 10 % del valor de aquella parte de la entrega que no pueda utilizarse de forma adecuada debido a la imposibilidad. Esta limitación no se aplicará en los casos en que exista responsabilidad por dolo, negligencia grave o por daños a la vida, la integridad física o la salud; esto no implica una modificación de la carga de la prueba en perjuicio del cliente. El derecho del cliente a rescindir el contrato no se verá afectado.

15.0 Montaje

15.1 El cliente deberá asumir por su cuenta y proporcionar a tiempo todos los trabajos auxiliares de excavación, hormigón, construcción, electricidad, andamiaje, enlucido, pintura y otros trabajos ajenos a nuestro sector, incluidos los materiales de construcción necesarios para ello.

15.2 El cliente deberá tomar las medidas necesarias para proteger nuestra propiedad y a nuestro personal de montaje en el lugar de la obra.

15.3 Antes del inicio de los trabajos de montaje, el cliente deberá proporcionar la información necesaria sobre la ubicación de líneas eléctricas, de gas y de agua ocultas o instalaciones similares.

15.4 Si la instalación, el montaje o la puesta en marcha se retrasan debido a circunstancias de las que no seamos responsables, el cliente deberá asumir todos los costes del tiempo de espera y de los viajes adicionales necesarios de los instaladores o del personal de montaje.

15.5 Solo seremos responsables de la manipulación e instalación o montaje correctos de los objetos de suministro; no seremos responsables de los trabajos de los instaladores o de nuestro personal de montaje y otros auxiliares ejecutivos, siempre que estos trabajos no estén directamente relacionados con el suministro y el montaje y hayan sido solicitados por el cliente.

15.6 El cliente nos reembolsará los costes acordados al realizar el pedido por tiempo de trabajo, gastos de desplazamiento, gastos de viaje, así como los recargos por trabajo extraordinario, nocturno, en domingos y festivos. El cliente deberá confirmarnos semanalmente la duración del tiempo de trabajo del personal de montaje, así como la finalización de la instalación, el montaje o la puesta en marcha de forma inmediata.

15.7 Por lo demás, remitimos a nuestras condiciones especiales de montaje.

16.0 Reparaciones

16.1 En caso de entregas a portes pagados, asumiremos los trabajos de reparación de los aparatos y piezas suministrados por nosotros. Por regla general, suministramos aparatos de sustitución reacondicionados en lugar de los aparatos de reparación que se nos entregan. La entrega de los aparatos de sustitución se realiza a corto plazo en función de la disponibilidad. Se facturarán, principalmente en el caso de objetos de mayor tamaño, los costes de reparación del aparato de reparación que se nos ha entregado o un precio de intercambio determinado. El objeto a reparar pasará a ser de nuestra propiedad inmediatamente después del envío del correspondiente aparato de sustitución. La transmisión de la propiedad del aparato de sustitución solo se producirá tras el pago completo de la factura de reparación correspondiente. En caso de que se llegue a un acuerdo especial antes de la entrega de un aparato de reparación y, a más tardar, con la adjudicación de un pedido de reparación, el propietario de un aparato de reparación podrá recuperar su aparato previo pago de los costes de reparación individuales. En este caso, la duración de la reparación puede ser de varias semanas. Solo se proporcionará un aparato de préstamo previa solicitud y previo pago de una tasa de préstamo junto con los costes de inspección. Los gastos de flete y el riesgo de transporte correrán siempre a cargo del cliente.

17.0 Jurisdicción y elección de ley

17.1 Si el cliente es comerciante, persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público, Essen será el único lugar de jurisdicción para todos los litigios derivados de la relación contractual o relacionados con ella. No obstante, tendremos derecho a interponer una demanda en el domicilio del cliente.

17.2 El contrato, incluida su interpretación, se rige por el derecho alemán, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).